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[339 Kb]
Signatura: L23018
Fecha: 1829-08-25
Tipo de documento: Prensa
Idioma: Castellano
Fuente: Ion Urrestarazu Parada
Descripción: Gaceta de Madrid: núm. 118, de 25/08/1829, páginas 439 a 440.
Observaciones: "ANUNCIOS [...] --Se cita á el ayuntamiento de la villa de Yanci y á D. Juan Bautista Bell[azzo], vecino de la misma en Navarra, á D. Agustín Antonio de Urriestieta, baron de Oña, y á D. Juan Bautista Iriarte y Rezabal ,vecinos de la villa de Irun, á los vecinos de Hernani y Alza y á Doña María Agueda de Valencegui, vecina de la universidad de Lezo, en la provincia de Guipúzcoa, [...][1]; para que en el término de 15 días comparezcan por sí ó por medio de apoderados, que legalmente los representen, en la oficina de al Real junta de examen y liquidacion de reclamaciones contra la Inglaterra, establecida en la Real casa de Correos de esta corte, para notificarles la decision de la expresada junta que ha recaido en sus respectivas reclamaciones. A los que no acudieren á este llamamiento, ó al que se les ha hecho por medio de los señores intendentes de la provincia donde residen los interesados en las mencionadas reclamaciones, les parará el perjuicio que haya lugar, segun previene el reglamento de la junta de 12 de Abril último aprobado por el REY nuestro Señor."
 
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Signatura: L23018
Fecha: 1829-08-25
Tipo de documento: Prensa
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Fuente: Ion Urrestarazu Parada
Descripción: Gaceta de Madrid: núm. 118, de 25/08/1829, páginas 439 a 440.
Observaciones: "ANUNCIOS [...] --Se cita á el ayuntamiento de la villa de Yanci y á D. Juan Bautista Bell[azzo], vecino de la misma en Navarra, á D. Agustín Antonio de Urriestieta, baron de Oña, y á D. Juan Bautista Iriarte y Rezabal ,vecinos de la villa de Irun, á los vecinos de Hernani y Alza y á Doña María Agueda de Valencegui, vecina de la universidad de Lezo, en la provincia de Guipúzcoa, [...][1]; para que en el término de 15 días comparezcan por sí ó por medio de apoderados, que legalmente los representen, en la oficina de al Real junta de examen y liquidacion de reclamaciones contra la Inglaterra, establecida en la Real casa de Correos de esta corte, para notificarles la decision de la expresada junta que ha recaido en sus respectivas reclamaciones. A los que no acudieren á este llamamiento, ó al que se les ha hecho por medio de los señores intendentes de la provincia donde residen los interesados en las mencionadas reclamaciones, les parará el perjuicio que haya lugar, segun previene el reglamento de la junta de 12 de Abril último aprobado por el REY nuestro Señor."
 
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