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[727 Kb]
Erreferentzia: 18862
Data: 1937-01-08
Dokumentu mota: Prentsa
Euskarri mota: Artxibo digitala
Hizkuntza: Gaztelania
Iturria: Ion Urrestarazu Parada
Ezaugarriak: "ESTADO DEL SERVICIO MEDICO EN ASTIGARRAGA" / Unidad, 3. or.
Oharrak: "[...] Teniendo en cuenta lo manifestado por aquella Alcaldía y la importancia de los servicios en cuestión, con esta fecha he dirigido un oficio al presidente del Colegio Oficial Médico de la provincia para que se adopten las medidas oportunas a fin de que se hallen debidamente atendidas en su asistencia facultativa todas las familias del repetido Municipio de Astigarraga, así como las del barrio de Martutene, de esta capital, cuyos servicios estaban a cargo del titular de referencia; todo ello de conformidad con lo que señala la Orden del Gobierno General del Estado de 23 de diciembre próximo pasado en relación con la dictada por la Junta de Defensa Nacional de 4 de septiembre último que fija la ineludible obligación de atender los servicios médicos correspondientes a titulares que se encuentren ingresados en filas por los de los médicos de los pueblos más cercanos. [...] [...] San Sebastián, 5 enero de 1937. -- El gobernador civil general de Guipúzcoa [y] de Vizcaya, José María Arellano Igea."
Sortak: Unidad 1936-1940
 
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Ezaugarriak: "ESTADO DEL SERVICIO MEDICO EN ASTIGARRAGA" / Unidad, 3. or.
Oharrak: "[...] Teniendo en cuenta lo manifestado por aquella Alcaldía y la importancia de los servicios en cuestión, con esta fecha he dirigido un oficio al presidente del Colegio Oficial Médico de la provincia para que se adopten las medidas oportunas a fin de que se hallen debidamente atendidas en su asistencia facultativa todas las familias del repetido Municipio de Astigarraga, así como las del barrio de Martutene, de esta capital, cuyos servicios estaban a cargo del titular de referencia; todo ello de conformidad con lo que señala la Orden del Gobierno General del Estado de 23 de diciembre próximo pasado en relación con la dictada por la Junta de Defensa Nacional de 4 de septiembre último que fija la ineludible obligación de atender los servicios médicos correspondientes a titulares que se encuentren ingresados en filas por los de los médicos de los pueblos más cercanos. [...] [...] San Sebastián, 5 enero de 1937. -- El gobernador civil general de Guipúzcoa [y] de Vizcaya, José María Arellano Igea."
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