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[602 Kb]
Erreferentzia: 19029
Data: 1939-02-13
Dokumentu mota: Prentsa
Euskarri mota: Artxibo digitala
Hizkuntza: Gaztelania
Iturria: Ion Urrestarazu Parada
Ezaugarriak: "Fiebre aftosa" / Unidad, 3. or.
Oharrak: "En ganado vacuno y lanar de los términos de Beasáin y Elgueta se ha presentado dicha epizootia y, como antes en los de Motrico y Alza, han sido reses importadas de otras provincias las causantes del contagio, como la propagación después se ha producido por no denunciar inmediatamente los primeros casos presentados y no cumplirse exactamente el asilamiento más absoluto con el ganado enfermo y sospechoso y aun de las personas encargadas de su cuidado y tratamiento. Precisa, por tanto, que se someta a observación y reconocimiento del inspector veterinario todo ganado de pezuña que se intente introducir en esta provincia y exigir la guía de origen y sanidad del mismo; que aun así, el ganadero que disponga de locales lo tendrá también en observación antes de juntarlo con las demás reses; procurará echar cal viva en polvo a la entrada de los establos para que pise en ella el ganado y no abandonará la limpieza y desinfección de aquéllos. Finalmente está obligado todo ganadero, bajo penalidad si no lo hiciera, a dar cuenta inmediata de los casos de enfermedad contagiosa en sus ganados y lo mismo cuando aparezcan varias reses enfermas, al inspector veterinario y Alcaldía respectiva. El incumplimiento de lo expuesto lleva consigo pérdidas tan importantes como las derivas de la falta de producción de carne y leche del ganado atacado, del trabajo en el campo o en otras labores que no realiza, la ocupación de personal que no puede atender a otros menesteres, la paralización económicas le capital que representa la explotación, 4, por último, las sanciones que pueden ser impuestas. ¡Ganaderos guipuzcoanos!, cumplid lo que se recomienda y contribuiréis a defender vuestros intereses y con ellos la prosperidad de España."
Sortak: Unidad 1936-1940
 
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Ezaugarriak: "Fiebre aftosa" / Unidad, 3. or.
Oharrak: "En ganado vacuno y lanar de los términos de Beasáin y Elgueta se ha presentado dicha epizootia y, como antes en los de Motrico y Alza, han sido reses importadas de otras provincias las causantes del contagio, como la propagación después se ha producido por no denunciar inmediatamente los primeros casos presentados y no cumplirse exactamente el asilamiento más absoluto con el ganado enfermo y sospechoso y aun de las personas encargadas de su cuidado y tratamiento. Precisa, por tanto, que se someta a observación y reconocimiento del inspector veterinario todo ganado de pezuña que se intente introducir en esta provincia y exigir la guía de origen y sanidad del mismo; que aun así, el ganadero que disponga de locales lo tendrá también en observación antes de juntarlo con las demás reses; procurará echar cal viva en polvo a la entrada de los establos para que pise en ella el ganado y no abandonará la limpieza y desinfección de aquéllos. Finalmente está obligado todo ganadero, bajo penalidad si no lo hiciera, a dar cuenta inmediata de los casos de enfermedad contagiosa en sus ganados y lo mismo cuando aparezcan varias reses enfermas, al inspector veterinario y Alcaldía respectiva. El incumplimiento de lo expuesto lleva consigo pérdidas tan importantes como las derivas de la falta de producción de carne y leche del ganado atacado, del trabajo en el campo o en otras labores que no realiza, la ocupación de personal que no puede atender a otros menesteres, la paralización económicas le capital que representa la explotación, 4, por último, las sanciones que pueden ser impuestas. ¡Ganaderos guipuzcoanos!, cumplid lo que se recomienda y contribuiréis a defender vuestros intereses y con ellos la prosperidad de España."
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